Hace años, el sector audiovisual estaba buscando una herramienta de financiación que consiguiera hacer sostenible y rentable la producción de contenidos en nuestro país. La solución fue contemplar en la norma un sistema de financiación que pasara por ir reduciendo las partidas de subvención directa por parte del Ministerio de Cultura, para crear y aumentar las subvenciones indirectas a través de empresas privadas. Esto se consigue realizar gracias a las Agrupaciones de Interés Económico que permiten la aplicación de incentivos fiscales para aquellas empresas que las participen. Además, con este tipo de actuaciones, estas empresas benefician notablemente su apuesta por la Responsabilidad Social Corporativa.
La seguridad y legalidad de este incentivo fiscal cultural es plena, ya que la Dirección General de Tributos, durante estos años, ha ido emitiendo multitud de consultas vinculantes que vienen a otorgar confort y seguridad jurídica a los agentes interesados.
El Incentivo Fiscal Cultural, qué es y cómo surgió.
Los incentivos fiscales a quienes promueven la cultura son una manera de reconocer a los benefactores el servicio que prestan a la sociedad. Te contamos cómo surgieron en la legislación estatal en esta materia en nuestro país:
La Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, tiene como objetivo fomentar las iniciativas de mecenazgo y promover la participación de la sociedad civil mediante incentivos fiscales a las donaciones y un régimen especial de tributación a las ESFL.
Según la citada Ley 49/2002 el mecenazgo consiste en la “participación privada en la realización de actividades de interés general”. Esta ley determina las entidades beneficiarias del mecenazgo; las actividades prioritarias del mecenazgo; los donativos, donaciones y aportaciones deducibles; las bases de las deducciones; el régimen fiscal de otras formas de mecenazgo (convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general, gastos en actividades de interés general, programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público)…
Con posterioridad a la misma, la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto de Sociedades, introdujo novedades en la Ley 49/2002 que afectan al mecenazgo y que entraron en vigor de forma completa el 1 de enero de 2015. Las principales novedades están relacionadas con el fomento del micromecenazgo de particulares y el estímulo de las donaciones a través de exenciones fiscales.
Hasta ese momento la política de incentivos fiscales había supuesto un gran éxito para el mundo audiovisual. Tras la modificación de la Ley del Impuesto de Sociedades, en 2015 se ampliaron los contenidos susceptibles de ser financiados por esta herramienta. Ello permitió generar exenciones fiscales de interés para las empresas privadas y personas físicas por la contribución en las artes y la cultura. Actualmente, estos incentivos fiscales culturales no sólo se aplican al sector audiovisual, sino también a los espectáculos en vivo en general (música, danza, circo, teatro…)
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