No, no es el título de la última película de Gerald Butler en su trilogía “Objetivo”, sino algo mucho más real. La Agencia Tributaria anunció en el BOE publicado el 28 de Enero de este 2020 que los artistas y deportistas no residentes serán uno de sus principales objetivos en el plan anual de control tributario. En concreto se dice explícitamente: “España es lugar de celebración de competiciones deportivas internacionales y de organización de eventos artísticos de diversa naturaleza. En estas actividades participan, ya sea de forma colectiva o individual, profesionales no residentes que pueden obtener importantes rentas vinculadas a su participación, que en muchos casos deben quedar sujetas a tributación por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes”.
Y ojo, no conviene quedarse solamente con esto ya que posteriormente se añade: “Las rentas objeto de control van más allá de las rentas percibidas por la actuación profesional de los artistas y deportistas, incluyéndose otro tipo de rentas estrechamente vinculadas a la participación en España”. Así que hay que tener en cuenta que el no ser el deportista (o equipo deportivo) o artista no te va a eximir de tus obligaciones fiscales en caso de que las tengas como no residente.
Posible problemática fiscal con artistas y deportistas no residentes
En un post anterior ya hablamos de la posible problemática fiscal de artistas con actuaciones internacionales (tratamiento que se puede considerar a grandes rasgos para deportistas) y ahora parece que contando con que la normativa ya existe, en forma de legislación interna y de convenios de doble imposición internacionales, se va a exigir con más dureza su cumplimiento.
Es cierto que estas cuestiones tributarias son muy particulares y diferentes en cada caso. Por tanto, se echa en falta todavía legislación más clara y específica. En cualquiera de sus formas. Incluyendo pronunciamientos de la Dirección General de Tributos.
Una buena planificación fiscal
Pero también es verdad que se puede hacer una planificación fiscal lo más adecuada posible de acuerdo a lo que hay actualmente. Bien fundamentada y documentada. Todo para evitar “sustos” posteriores en forma de reclamaciones, requerimientos, liquidaciones… En el propio BOE anteriormente referido se cita que la AEAT va a coordinar a varios departamentos propios con otros organismos. Todo con el fin de obtener información de eventos que se vayan a desarrollar en España. Podría surgir alguna infracción tributaria de acuerdo a la tributación de los no residentes en este tipo de eventos.
En Carrillo Asesores podemos ayudarte a planificar fiscalmente como no residente. No dudes en contactar con nosotros.
Daniel Borrachero – Asesor Fiscal en Carrillo Asesores