El Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia, convoca las subvenciones Asociarte, en su edición 2021.
¿Cuál es el plazo de presentación y cómo se presenta?
Desde el 7 de julio de 2021 hasta el 3 de agosto de 2021.
Fecha de ejecución
Todo el ejercicio 2021.
¿Quién se puede beneficiar de estas subvenciones Asociarte?
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro, asociaciones y fundaciones, que desarrollen su actividad principal y tengan su domicilio social en la Región de Murcia, y tengan una antigüedad mínima de dos años a contar desde la fecha de publicación de la presente resolución.
Objeto
Convocar subvenciones económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro para contribuir a los gastos de publicidad y difusión, alojamiento, desplazamiento y gastos inherentes al desarrollo de proyectos y/o eventos culturales que se celebren en los distintos municipios de la Región de Murcia, ya sean organizados o en los que participe directamente la asociación o fundación.
Las disciplinas artísticas vinculadas con los proyectos serán:
- Teatro (sala y calle).
- Circo.
- Danza.
- Música.
- Folklore.
Requisitos para obtener las subvenciones Asociarte
No podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las entidades que:
- Estén incursas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones.
- Tengan obligaciones tributarias en período ejecutivo, ante esta Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas.
- No estén al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración Estatal.
- En su caso, no estén al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
Documentación a presentar
Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:
- Solicitud conforme al modelo establecido en el Anexo I de la presente convocatoria, debidamente cumplimentada.
- Certificado expedido por la entidad bancaria que acredite el número de cuenta cliente (IBAN) cuya titularidad deberá corresponder a la entidad solicitante.
- Declaración responsable del representante de la entidad, según modelo que se adjunta como Anexo II.
- Proyecto de entidades organizadoras de un evento, según modelo que se adjunta como Anexo III.
- Proyecto de entidades participantes en un evento, según modelo que se adjunta como Anexo IV.
- Cualquier documento que, a juicio del solicitante, fundamente el interés del evento para el que se solicita la subvención.
¿Qué gastos son subvencionables?
Gastos elegibles:
- Aquellos necesarios para la debida publicidad y difusión de las actuaciones o eventos.
- Alojamiento y desplazamiento de participantes en los eventos. En el caso de alojamiento el importe máximo será de 50 euros por día y persona, y se admitirán como tal, el día del evento y un máximo de un día para la ida y otro para la vuelta. En el caso de gastos de carburante la indemnización será de veintinueve céntimos de euro por Km. para coches (0,29.-€/Km.) y cuarenta céntimos de euro por Km. para furgonetas o camiones (0,40.-€/Km.)
- Gastos inherentes al desarrollo de la actividad subvencionada (como alquiler de equipos, contratación de personal técnico, SGAE, gratificaciones por participación, gastos de retransmisiones en Streaming, etc).
Gastos excluidos de la ayuda
- Caché y honorarios de cualquiera de los participantes en el evento.
- Dietas, comidas e invitaciones protocolarias.
- Inversiones y adquisiciones de material, equipos o bienes de naturaleza inventariable (instrumentos, vehículos, equipos de audio, video, sonido, iluminación, material informático, vestuario, etc.).
- Gastos del personal integrante de la asociación.
Subcontratación
Podrá subcontratarse la realización de la actuación subvencionada en los términos y con los límites establecidos en la base 16ª de la Orden de 27 de mayo de 2016 de la Consejera de Cultura.
Cuantía de las ayudas de las subvenciones Asociarte
La dotación máxima general estimada, es de cien mil euros (100.000,00 €), no pudiendo exceder de 10.000,00 €, cada proyecto presentado. Así mismo, sólo se admitirá un proyecto por entidad.
¿Qué se valorará de los proyectos?
Se concederá una puntuación máxima de 100 puntos, y se tendrán en cuenta los siguientes criterios, dependiendo de la modalidad en la que se opte:
Para entidades organizadoras de un evento:
- Número de socios de la entidad solicitante: hasta un máximo de 5 puntos. Se valorará conforme al siguiente desglose
- Hasta 10 socios: 0 puntos.
- 11 a 25 socios: 1,5 puntos.
- 25 a 50 socios: 3 puntos.
- 51 a 250 socios: 4 puntos.
- Más de 250 socios: 5 puntos.
- Experiencia de la entidad en la realización de proyectos culturales durante los últimos cuatro años (2017 a 20): hasta un máximo de 25 puntos.
- Haber recibido la declaración de interés turístico nacional, regional o local del proyecto para el que se solicita subvención: hasta un máximo de 10 puntos.
- Consolidación del proyecto, hasta un máximo de 10 puntos, distribuidos de la siguiente forma:
- Interés cultural del evento, hasta un máximo de 50 puntos:
- Menos de 3 ediciones: 0 puntos.
- 3 a 6 ediciones: 2 puntos.
- 7 a 10 ediciones: 4 puntos.
- 11 a 14 ediciones: 6 puntos.
- 15 a 18 ediciones: 8 puntos.
- Más de 18 ediciones: 10 puntos
- Calidad e interés cultural del proyecto hasta 21 puntos.
- Número de actividades a desarrollar, hasta un máximo de 8 puntos.
- Contribución a la creación artística a través de talleres, cursos o jornadas, hasta un máximo de 8 puntos.
- Número de disciplinas a desarrollar, hasta un máximo de 5 puntos.
- Participación de otras entidades en el evento, teniendo en cuenta el número de estas y su procedencia, hasta un máximo de 8 puntos.
Para entidades participantes en un evento:
- Número de socios de la entidad solicitante: hasta un máximo de 5 puntos. Se valorará conforme al siguiente desglose:
- Hasta 10 socios: 0 puntos.
- 11 a 25 socios: 1,5 puntos.
- 25 a 50 socios: 3 puntos.
- 51 a 250 socios: 4 puntos.
- Más de 250 socios: 5 puntos.
- Experiencia de la entidad en la realización de proyectos culturales durante los últimos cuatro años (2017 a 2020): hasta un máximo de 25 puntos.
- Ámbito territorial de desarrollo del evento, hasta un máximo de 15 puntos.
- Haber recibido mención, premio o reconocimiento en ediciones anteriores del proyecto para el que se solicita subvención: hasta un máximo de 10 puntos.
- Interés cultural del evento, hasta un máximo de 35 puntos.
- Favorecer la inclusión de colectivos en riesgo de exclusión, hasta un máximo de 5 puntos.
- Espectáculo/programa propio y original, hasta un máximo de 5 puntos.
Para poder resultar beneficiaria, la entidad deberá obtener un mínimo de treinta puntos.
Si necesitas más información sobre las subvenciones Asociarte, en su edición 2021, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, que estaremos encantados de atenderte.
Carmen Lorenzo – Departamento de Comunicación de Carrillo Asesores.
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